Cd.
Victoria.- La flamante Ley Orgánica de la
Administración tamaulipeca elimina como requisitos el título de abogado a quien
dirija el Instituto Registral y Catastral; el de contador a quien presida la
Auditoría Superior y el ser nativo de la entidad para fungir como Procurador.
En el primer caso, parece lógico que el
gobernador quiera tener las manos libres y ubicar en dicho Instituto Registral
a un colaborador en cuya capacidad organizativa confíe, en el entendido de que
los asuntos de tipo legal puedan ser subsanados por algún subordinado.
Catastro no es, en esencia, un cargo
abogadil. Sus funciones incorporan disciplinas que van más allá del derecho,
como la administración y el manejo eficaz del acervo documental.
En cuanto a Procuraduría, la verdad era
un error craso el exigir que su titular fuera nativo de Tamaulipas. Una
antigualla.
La aplicación estricta de la ley depende
de capacidades profesionales, vocación de servicio y cualidades morales que ninguna
relación tienen con el lugar de nacimiento, salvo la condición de ser mexicano.
LAS
CUENTAS
Más difícil de sustentar sería el caso de
la Auditoría, órgano que se avoca a la supervisión, control y evaluación
gubernamental, ¿Quién mejor que un profesional de la contabilidad?
Cabe pensar que, al retirar dicho
requisito, el espíritu de la reforma esté valorando otras virtudes como
trayectoria, experiencia y (sobre todo) confianza.
Mire usted, aún tratándose de una rama
técnica del poder legislativo, cabe suponer que el gobernador tiene mano, igual
que sus antecesores.
Se trata de una oficina estratégica
diseñada para velar por el correcto manejo de los recursos públicos y que en
los próximos años será muy requerida en el combate a la corrupción. De ahí el referido
factor confianza.
Aún así, la reforma concerniente a dicho organismo
fiscalizador es sin duda la que está siendo recibida con mayor escepticismo
entre la opinión pública.
JEFE
DE GABINETE
La Secretaría General de Gobierno es tema
aparte. Ya desde los tiempos de MANUEL CAVAZOS fue retirado el requisito de ser
profesional del derecho.
Entre otras razones porque su función principal
es eminentemente política, tiene a su cargo la gobernabilidad (governability) o, de manera extendida,
la gobernanza (governance)
incorporando en ello la interacción con los distintos grupos sociales.
El tumbaburros de COROMINAS indica que gobernar viene del griego “kyber-nao”, donde “kyber” es timón y “nao” significa nave.
Es la conducción del Estado. En el plano nacional equivale a la Secretaría de Gobernación. Reforzada
por cierto (a partir de PEÑA NIETO) como jefatura de gabinete, con facultades
para presidir las reuniones donde concurren las corporaciones de seguridad
nacional, civiles y castrenses.
LOS
ESTADOS
Algunas entidades de la República han
renombrado a esta dependencia como Secretaría (estatal) de Gobernación. Otros
le llaman solamente Secretaría de Gobierno (sin incluir la palabra “General”).
En Tamaulipas, el mandatario que inicia
el próximo primero de octubre ha considerado necesario dar fuerza y presencia a
este ministerio que (hoy más que nunca) exigirá en su titular capacidad de
diálogo y rienda firme. Puño de hierro en guante de terciopelo.
Lo comentamos aquí. Le están siendo
devueltas las funciones de Catastro, Registro Civil, Permisos y Legalizaciones,
Mediación y Asuntos Notariales, que se habían desperdigado en la Secretaría del
Trabajo.
Amen de la subsecretaría de Transporte
que en los últimos tiempos operó en el organigrama de SEDUMA.
Desde ahí operan las oficinas de monitoreo
cuya edad adulta parecen haber alcanzado bajo la conducción de un
extraordinario amigo quien, por desgracia, se nos adelantó hace tiempo en el
camino: GABRIEL LIMÓN.