La violencia que en días anteriores sacudió al
Estadio Jalisco hacía temer lo peor ante la perspectiva de un encuentro
tradicionalmente disputado.
Partido al que los medios sacan jugo metódicamente, explotando
una rivalidad que data de los años cincuentas.
La curiosidad tendría esta vez los ojos más puestos en
la tribuna que en la cancha, en morbosa espera de una sarracina que jamás
llegó.
En la víspera se dispusieron medidas extremas de
seguridad con el propósito de conjurar la tragedia.
Pero algo más: el estadio Omnilife de las Chivas
está construido con criterios algo diferentes al Jalisco.
Entre otras ventajas, dispone de mejores filtros a
la entrada y la útil posibilidad de parcelar las tribunas para contener de
mejor manera a las multitudes.
LEGISLACIÓN URGENTE
A esto habría que añadir la aprobación en la Cámara
Baja de la nueva Ley General de Cultura Física y Deporte que en sus articulados
aborda dicho problema.
La violencia de esas porras que ahora se llaman con
otro nombre: “barras”, como en Sudamérica.
Los diputados aprobaron por mayoría aplastante un
nuevo marco jurídico que contempla diversas medidas cuyo común denominador es el
incremento al castigo.
Se crea la figura de un nuevo delito llamado
“violencia en el deporte” para quien cause daños materiales en estadios y
similares.
Se establece un padrón o lista negra de los individuos
sancionados y reconocidos como violentos, para impedirles asistir a eventos deportivos
hasta por cinco años, empleando para ello la base de datos del Sistema Nacional
de Seguridad Pública.
Y también de castigar hasta con cuatro y medio años de
prisión a los aficionados que participen en riñas, inciten o generen violencia
en centros deportivos.
Habrá penas a quien introduzca al inmueble armas de
fuego, explosivos o cualquier arma prohibida.
Lanzar objetos contundentes que “por sus
características pongan en riesgo la salud o integridad de las personas”
merecerá entre seis meses a dos años de prisión y de cinco a 30 días de salario
mínimo como multa.
Y castigos más o menos equivalentes (seis meses a
tres años de prisión y de 10 a 40 días de multa) para quienes ingresen sin
autorización a los terrenos, agredan a personas o causen daños materiales.
Las sanciones son acumulables, incluyendo agravantes.
Al castigo por lanzar un proyectil a la cancha se sumaría (en caso de ocurrir) si
además causa lesiones a una persona.
PREVENIR, AÚN MEJOR
Más interesante que la imposición de penalidades
resulta la disposición contemplada en la ley obligando a los tres niveles de
gobierno a capacitar cuerpos policíacos en dicha materia.
Lo vimos durante el más reciente pleito en Jalisco.
Ese nivel subprofesional de los agentes preventivos que intentaban sofocar un
motín en las tribunas, encontrándose en franca desventaja numérica. Su linchamiento
no se hizo esperar.
Y aunque necesario sea castigar los desórdenes, siempre
será mejor una oportuna estrategia de seguridad que prevenga y evite estos
males.
Aquí es donde llegamos al tema de las “barras”,
agrupaciones de porristas que en muchos casos parecen operar como apéndices abiertos
o subrepticios de las propias empresas futbolísticas.
Parecería, incluso, que el entusiasmo se exacerba en
razón de su naturaleza artificial. Se les paga para ello, disque para dar calor
a los encuentros.
El perfil nos dice mucho. La composición de las
barras, en buena parte de los casos, es de varones jóvenes (pocas mujeres), a
diferencia de la porra tradicional integrada por un público familiar.
Tanto como decir: la diferencia entre lo pagado y lo
espontáneo.
¿Por qué algunos clubes otorgan espacios
privilegiados a los primeros en detrimento de los segundos, a los violentos a
costa de los pacíficos?
Acaso sea porque los primeros consumen más cerveza. La
ruta del dinero suele sugerir la mejor respuesta.